Son pagos subsecuentes que se otorgan a los/as afiliados/as con discapacidad permanente superior al 50% por consecuencia de un accidente de trabajo (AT) y/o enfermedad profesional (EP)
Afiliados(as) del Seguro de Riesgos Laborales con dictamen de discapacidad
División de Prestaciones Económicas por Riesgos Laborales
Presentar diagnóstico con secuela por causa del accidente o enfermedad profesional
Haber realizado los siguientes pasos en el área de discapacidad:
Presencial
En tiempo real
12 días laborables, posterior a la recepción de la certificación de la Comisión Médica Regional (CRM)
Tel.: (809) 563-2757, opción 1, o desde el interior sin cargo al 1-809-200-2175 Ext.: 2100, 2101 y 2106
Correo electrónico: [email protected]
De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 4:00 P.M.
Sin costo alguno
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